Excélsior. 08 de febrero de 2010. Georgina Olson. La Secretaría de Gobernación (Segob) tiene lista una iniciativa de reforma a la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información, que propone terminar con el carácter definitivo de los fallos que emite el lnstituto Federal de Acceso a la Información (IFAI), al permitir que dependencias de gobierno impugnen ante jueces de distrito.
Así, mientras la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) analiza la constitucionalidad de la decisión que tomó el Congreso de Campeche al crear un tribunal para revisar los fallos del órgano estatal de acceso a la información, la Segob quiere que las dependencias federales puedan "controvertir la legalidad de las resoluciones del IFAI, ante jueces de distrito en materia administrativa", según lo propone para el segundo párrafo del artículo 59 de la ley de transparencia, en la iniciativa de reforma que Excélsior tienen en su poder.
De concretarse esta propuesta oficial, que podría entrar en vigor por un solo decreto presidencial, las oficinas de gobierno podrían recurrir a tribunales si consideran que una solicitud de información afecta intereses nacionales de seguridad, defensa, relaciones internacionales, financieros, económicos o monetarios, y si está "en riesgo la vida, la seguridad o la salud de cualquier persona".
Todavía en la cocina, la iniciativa de reforma de la Segob alerta ya a los especialistas, pues "contraviene la propia Constitución, que en su artículo sexto garantiza el derecho a la información" y la autonomía operativa y de decisión de sus órganos garantes, afirma Issa Luna Pla, del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM.
La reforma propuesta por la Segob significaría un drástico golpe de timón en las facultades del IFAI. Hasta ahora, el artículo 59 de la ley de transparencia vigente garantiza que sus resoluciones "son definitivas para las dependencias y entidades gubernamentales", y sólo concede a particulares el derecho a impugnarlas ante el Poder Judicial de la Federación, mediante amparo.
Marco Cancino, director del Programa de Transparencia y Rendición de Cuentas, del Centro de Investigación para el Desarrollo AC (CIDAC), afirma que si la SCJN respalda al Congreso de Campeche en su decisión de crear un tribunal para revisar los fallos sobre acceso a la información, "automáticamente abrirá la puerta para que el Ejecutivo federal promueva con éxito los cambios a la ley federal de transparencia, vulnerando el derecho de información de la ciudadanía".
Eso significaría un retroceso de diez años en los avances en materia de acceso a la información, aseguró Luna Pla, autora del libro Movimiento social del derecho de acceso a la información en México.
Advierte que eliminar el carácter definitivo de los fallos del IFAI sería la vuelta al sistema autoritario en materia de acceso a la información.
"Es la iniciativa de quienes no han entendido qué es el derecho a la información y siguen tratando de imponer su voluntad autoritaria sobre los derechos del resto de los ciudadanos", afirma.
En la exposición de motivos de la reforma que propone la Segob se asegura que hay un "desequilibrio procesal" en la ley de transparencia vigente, porque los ciudadanos sí pueden impugnar un fallo del IFAI mediante amparo, pero no así las dependencias gubernamentales.
En su documento la Segob apunta que en la legislación en materia de acceso a la información, hay "preceptos que establecen prerrogativas en favor de los particulares". Se refiere al artículo sexto, el cual "establece que en la interpretación de la ley se deberá favorecer el principio de publicidad de la información en posesión de los sujetos obligados", es decir, todas las dependencias gubernamentales.
La iniciativa de la Segob se confronta con las razones de los especialistas. De acuerdo con Luna Pla, el acceso a la información pública es un derecho fundamental y sólo el IFAI garantiza su cumplimiento, así como los órganos estatales.
En el numeral I de la reforma al artículo 59 que propone el gobierno federal se instruye el proceso a seguir para impugnar los fallos del IFAI ante un juez civil, en caso de concretarse esta iniciativa.
Las oficinas gubernamentales, se lee, contarán con cinco días hábiles siguientes a la resolución del IFAI para presentar un escrito con las razones "por las que considera que la misma se aparta de las disposiciones aplicables en la materia de que se trate".
Luego el IFAI tendrá otros cinco días para formular sus argumentos y demostrar la legalidad de su resolución, "ofreciendo los medios de prueba pertinentes".
Al cabo de esta primera etapa, las partes tendrán diez días para presentar sus pruebas y posteriormente "las dependencias y las entidades, el instituto (IFAI) y el particular, gozarán de un plazo de tres días para alegar por escrito".
La iniciativa propone que el juez de distrito dicte sentencia en un plazo de cinco días hábiles.
Así propuestos los tiempos, si la reforma entrara en vigor en un mes, un fallo del IFAI que hoy es inapelable podría ser revocado por un juez de distrito.
Para Cancino, "la posibilidad de impugnar la resolución de una instancia de transparencia ante tribunales deteriora el principio de que las instituciones deben garantizar y fortalecer el derecho de los ciudadano a acceder a información gubernamental.
De esta forma, la autonomía del IFAI, que garantiza la Constitución, desaparecería, advierte Luna Pla: "Están tratando de modificar el derecho ciudadano de acceso a la información, que ha sido un proceso histórico y se corre el riesgo de que vuelva a ser lo que antes era: una asunto de política y no de derechos".
Los especialistas aseguran que los más afectados serán los ciudadanos, pues el proceso para acceder a una información gubernamental, a la que por ley tienen derecho, será más largo si la dependencia impugna el fallo del IFAI, pues deberán contratar un abogado con sus propios recursos para defender su derecho ante un juez.
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